La familia debe ser responsable y corresponsable en la atención de las personas adultas mayores: CODHEM
La subdirectora de Atención a Grupos en Situación de Vulnerabilidad, de la Codhem, Juana Inés Jiménez Perdomo, participó en la plática organizada por la Coordinación de Atención a Adultos Mayores del DIFEM.
Las personas adultas mayores tienen derechos como cualquier otra, sin embargo, por su edad, son susceptibles a sufrir discriminación, por ello la familia debe ser responsable y corresponsable en su atención, y si no lo hace, podría incurrir en delitos sancionados por el Código Penal estatal, advirtió la subdirectora de Atención a Grupos en Situación de Vulnerabilidad, de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem), Juana Inés Jiménez Perdomo.
Al participar en la plática a distancia “Derechos de las personas adultas mayores”, organizada por la Coordinación de Atención a Adultos Mayores del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México (DIFEM), puntualizó que a los “jóvenes de la tercera edad” no se les acaba la vida al llegar a esa edad, porque sus derechos no terminan y existen instancias como el DIFEM y la Codhem que se preocupan por ellos, al tiempo de destacar la relación que han mantenido dichas instancias para colaborar en el tema.
La reforma constitucional de 2011 precisa que el Estado debe garantizar los derechos humanos de todas y todos, sin embargo, las personas adultas mayores están entre los grupos en situación de vulnerabilidad y son más susceptibles a sufrir discriminación, por ello deben conocer sus derechos para ejercerlos y defenderlos, ya que pueden ser afectados por el sector público, privado o social.Entre los principales derechos que tienen, mencionó el de la salud, a la educación, trabajo, a una vivienda digna, a una vida libre de violencia, a la libertad de expresión, y a la asociación; en estos últimos, refirió el papel de las Casas de Día, donde realizan diversas actividades y conviven con otras personas, fundamental para mantenerse activos y evitar el aislamiento que les puede llevar a la depresión.
Reiteró que “la familia tiene la obligación de atenderlos cuando no puedan valerse por sí mismos, y lo tenemos contemplado tanto en el Código Civil del Estado como en el Código Penal, lo que quiere decir que cuando los padres adultos mayores no puedan tener ingresos ni trabajo, los descendientes están obligados a proveerles alimentos, vestido, y cualquier sustento; si los abandonan estarían incurriendo en lo que dice el Código Penal que es el delito de abandono de personas”, indicó.
Jiménez Perdomo abundó que las y los adultos mayores tienen derecho a que se les brinden asesorías jurídicas gratuitas y atención primordial en caso de desastre; también tienen derecho a la participación y nadie puede tomar decisiones por ellos, y si son obligados por sus familiares a salir a la calle a pedir limosna, se incurriría en mendicidad forzada, lo cual también es un delito y está sancionado por la ley.Agregó que la Codhem tiene programas específicos para atenderlos, como el Taller de pintura de autorretrato o mandalas, que les permite estar activos, además de brindarles orientación y asesoría jurídica cuando lo requieran.