Ampliar requisitos para ser nombrado notario provisional, plantea el PRD
Con el fin de eliminar la facultad que tiene el gobernador de nombrar notarios provisionales sin que estos cumplan los requisitos previstos para todos los aspirantes y terminar con la práctica desproporcionada de elegir entre un grupo de personas que debe cumplir con los requisitos y presentar un examen de oposición y otro grupo al que se le exime de cumplir las exigencias de la ley, la diputada Araceli Casasola Salazar propuso una reforma legal.
La legisladora del grupo parlamentario del PRD explicó al Pleno que este tipo de nombramientos violan el derecho de igualdad, la libertad de trabajo y el derecho a acceder a cargos públicos, por lo que se pretende acabar con esta práctica inequitativa y discrecional del gobernador de pagar favores políticos a personas que no tienen los conocimientos y mérito para ocupar el cargo de notario.
Conforme a la iniciativa que plantea reformar diversas disposiciones de la Ley del Notariado del Estado de México, remitida para su dictamen a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, el gobernador podrá seguir designando notarios provisionales, sin embargo éstos deberán someterse a una evaluación por el Colegio de Notarios.
Añade que no podrá desempeñarse como provisional un notario por el periodo de más de un año, “antes de lo cual deberá convocarse a concurso de oposición para proceder al nombramiento del titular de la notaria de nueva creación o que se encuentre vacante”.
Estipula que cuando una o más notarías se encuentren vacantes, el gobernador, de manera obligatoria, emitirá la convocatoria a examen de oposición para ocuparlas y que cualquier nombramiento que realice será nulo sin la emisión de tal convocatoria.
El proyecto de decreto respectivo agrega como requisito para ser notario tener licenciatura en derecho con cédula profesional y haber laborado de manera ininterrumpida por un periodo mínimo de dos años en alguna notaría del estado de México al momento de solicitar su solicitud para el examen correspondiente.
Seguidamente, expone que los interesados deberán presentar un examen de aspirante, salvo si fungieron como notarios provisionales durante un año, en cuyo caso deberán presentar el respectivo examen de oposición.